¿Cuánto cuesta dar de alta la luz? Precio de alta y reactivación
Para saber cúanto te costará dar de alta la luz en un inmueble debes tener en cuenta varios factores. Una vez los conozcas, hacer el cálculo será una tarea sencilla.
¡Llámanos y te aconsejamos la mejor tarifa para dar de alta la luz!
Te asesoramos sobre gestiones y contratación de tarifas del mercado energético

Servicio disponible de Lunes a Viernes de 9 a 20h y Sábados de 9 a 17:30h.
Servicio disponible de Lunes a Viernes de 9 a 20h y Sábados de 9 a 17:30h.

Table of Contents
¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?
Cuando das de alta la luz en una vivienda, el precio final se compone de tres tasas que cubren diferentes aspectos del proceso de conexión. Estas son:- El Derecho de Enganche: Esta es una tasa fija de 9,04 €/kW + IVA. Se paga siempre y cubre el coste de conectar físicamente tu vivienda a la red eléctrica.
- El Derecho de Extensión: Este es un coste adicional de 17,37 €/kW por cada kW de potencia contratada + IVA. Se aplica si la vivienda es nueva o si ha estado sin suministro eléctrico por más de tres años. Esta tasa cubre los gastos relacionados con la instalación de la red eléctrica.
- El Derecho de Acceso: Esta tasa, de 19,70 €/kW por cada kW de potencia contratada + IVA, se paga por el uso de la infraestructura eléctrica ya existente. Es el coste que asumes por conectarte y consumir electricidad.
¿Cómo calcular el precio por dar de alta la luz?
Para calcular el precio final del trámite de dar de alta la luz puedes hacerlo de la siguiente manera:- Determina la potencia que vas a contratar. Esta dependerá del tamaño de tu vivienda y de tu consumo energético.
- Multiplica tu potencia por las tasas. En primer lugar, por el Derecho de Acceso (19,70 €/kW + IVA), y si es una instalación nueva o lleva más de 3 años dada de baja, por el Derecho de Extensión (17,37 €/kW + IVA).
- Por último, suma el Derecho de Enganche (9,04 €/kW + IVA).
¿Necesitas ayuda con tus contratos de energía? ¡Papernest te ayuda!
Información
¿Cómo darse de alta la luz por primera vez?
A la hora de dar de alta la luz por primera vez, hay que tener en cuenta una serie de factores. A continuación te presentamos qué tienes que tener en cuenta:
- Tu vivienda tiene que tener acometida eléctrica.
- Debes de solicitar el alta de la luz a la comercializadora presentando los documentos necesarios.
- La comercializadora, tras enviarle los documentos, los envía a la distribuidora, esta los verifica.
- La distribuidora puede enviar un técnico para que revise la instalación. El técnico verifica que la instalación esté en buenas condiciones y que esta no suponga ningún riesgo.
- Tras la revisión, la distribuidora reactiva el contador de luz.
Es importante tener a mano todos los documentos necesarios a la hora de darse de alta la luz en la vivienda, entre ellos:
- CUPS: este lo atribuye la distribuidora.
- Boletín Eléctrico: permite acreditar el buen funcionamiento de la instalación eléctrica.
Documentos para dar de alta la electricidad en el hogar:
- DNI del titular del suministro (datos del titular)
- Dirección del suministro eléctrico
- Copia del Certificado de Instalación de la Vivienda
- Escritura de la vivienda
- Potencia a contratar
- Datos bancarios del titular
Precio al dar de alta la luz según la superficie de tu inmueble
Si quieres hacerte una idea aproximada del precio que te costará dar de alta la luz, puedes guiarte por esta tabla de precios en función de la superficie del inmueble.
Superficie del inmueble | Potencia recomendada | Nueva Alta/ Baja superior a 3 años | Baja inferior a 3 años |
Hasta 60m² | 3,45 kW | 136.93€ | 68.97€ |
Hasta 90m² | 4,6 kW | 179.56€ | 88.94€ |
Hasta 140m² | 5,75 kW | 222.19€ | 108.92€ |
Superior a 140m² | 6,9 kW | 264.82€ | 128.89€ |
«El factor más importante a tener en cuenta a la hora de dar de alta la luz en nuestro hogar es asegurarnos de que estamos contratando la potencia adecuada. Contratar un término de potencia superior al que necesitamos puede incrementar el coste de manera significativa e innecesaria.»
Preguntas más frecuente sobre el alta de la luz
- Baja superior a 3 años: Se deben abonar las tres tasas por completo según la nueva potencia contratada.
- Baja inferior a 3 años: Se abonan el Derecho de Enganche y el Derecho de Acceso en su totalidad, pero solo una parte del Derecho de Extensión, basada en la diferencia entre la potencia antigua y la nueva.